miércoles, 29 de abril de 2009

APUNTES VEXILOLÓGICOS I

No se habla en este blog de vexilología, la ciencia de las banderas, porque el tema, a pesar de haber superado el curso correspondiente en el Instituto de historia y cultura militar, nos resulta terra incognita.

No obstante, hoy se propone una bandera o estandarte o pendón, con perdón, que no sé cual es su nombre exacto, aquel paño en cualquier caso, de la orden ecuestre denominada Santo sepulcro de Jerusalén.En la foto campea la bandera sobre el tejado de uno de los edificios de la orden en la ciudad eterna. Procede este diseño vexilológico de una adaptación de las armas del cruzado Godofredo de Bouillón, duque de Lorena. Armas que adoptara al ser elegido rey de Jerusalén. Dignidad ésta de rey que rechazó, a pesar de la elección, alegando que no llevaría una corona de oro donde su Maestro la había llevado de espinas; tomando el título de Protector del santo sepulcro. Como sabe, improbable lector, sus inmediatos sucesores no tuvieron reparo en titularse como reyes de Jerusalén.Godofredo tomó por armas, cuentan los que de estos asuntos saben, en campo de plata, un sembrado de crucetas de oro y brochante una cruz potenzada de lo mismo, en contra de la ley heráldica que impide disponer metal sobre metal. Algo similar a esto:La orden del santo sepulcro, nacida en aquel lejano reino y por aquellos mismos años, asumió las armas del reino, si bien años después, al contravenir tan evidentemente la norma de no disponer metal sobre metal, se alteraron los esmaltes de los muebles estableciendo las crucetas y la potenzada de gules. Quedando además el sembrado, que aunque elegante es siempre difícil de representar, reducido a cuatro crucetas.La orden del santo sepulcro de Jerusalén es una de las dos, junto con Malta, que el estado denominado Ciudad del Vaticano reconoce como órdenes de caballería derivadas de su fons honorum.

No es que considere fraudulentas otras órdenes nobiliarias de muy diferentes países. Es que solamente reconoce como propias de su soberanía a estas dos órdenes.La orden del Santo sepulcro exige para su ingreso demostrar nobleza en el primer apellido del pretendiente y en al menos uno de los otros tres siguientes. Es decir, se exige que por línea del abuelo paterno y al menos por otro de los restantes abuelos, se posea nobleza de sangre, no personal.

En estos reinos que hoy son España existen dos capítulos de la orden con absoluta independencia uno del otro. Ambos mantienen en la red páginas cuya visita, improbable lector, se recomienda. Éste es el enlace al capítulo de Castilla y León y éste otro es el del capítulo del reino de Aragón.

La disquisición reseñada entre nobleza personal y de sangre se refiere a lo que se expone a continuación:Es nobleza personal la habida por diferentes circunstancias no relacionadas con la herencia por linaje, como por ejemplo: El alcanzar determinados puestos en la administración, acceder al cargo de subdirector general o superior; recibir determinados honores o distinciones por méritos adquiridos, alcanzar a ser miembro de la orden militar de san Hermenegildo; u otros que, a juicio de las juntas de probanza, determinen la nobleza personal del individuo.

La nobleza de sangre, por el contrario, se refiere a la calidad de noble adquirida como consecuencia de la repetición de, al menos, tres actos positivos de nobleza, consecutivos generacionalmente. Las mismas circunstancias anteriores servirían para establecer la nobleza de sangre de esta forma: Al alcanzar, tres generaciones consecutivas, determinados altos puestos en la administración; al ser, igualmente tres generaciones consecutivas, miembros de la orden de san Hermenegildo y otras.La exigencia relativa a las tres generaciones viene determinada por considerarse que se trata de una nobleza personal probada consecutivamente en la misma familia durante cien años.

En posteriores entradas se continuará abordando el tema vexilológico.