martes, 18 de mayo de 2010

PRECEDENCIAS

Decía alguien que dominaba el asunto que el protocolo no es otra cosa que colocar a cada uno en el lugar que le corresponde y, evidentemente, contar con un sitio para cada uno.

Hoy se propone un enlace que refleja el buen hacer de los encargados de esa materia, verdadera terra incognita para la mayoría, que es el disponer en su justa precedencia a los miembros de las corporaciones nobiliarias y de caballeros.Curioseando por el gran armorial que es la red nos hemos topado con la página, excelente en todo punto, que mantiene el capítulo de Castilla y León de la orden del Santo Sepulcro, en la que se recoge el criterio de protocolo que, sobre ese particular, mantiene la Casa del rey.Se transcribe literal del enlace reseñado añadiendo previamente un par de someros apuntes:

Primero, indicar que se echa en falta, de forma bastante evidente, la no inclusión de una de las corporaciones más antiguas y a la que pertenecen insignes y afamados próceres de nuestra sociedad: me refiero al ilustre solar de Tejada.Esta omisión, obviamente por descuido involuntario, no parece tener en cuenta dos realidades: que la propia guía de títulos, editada institucionalmente por el Ministerio de justicia, refleja en su apéndice de señoríos la existencia del condominio de hidalgos diviseros denominado Solar de Tejada; y por otro lado olvida el reconocimiento regio de esta corporación nobiliaria, nada menos que desde el reinado de don Enrique IV de Castilla. Reconocimiento regio confirmado por la práctica totalidad de los reyes que se han ido sucediendo en el trono de España, incluido el actual monarca don Juan Carlos I.Segundo, congratularme al comprobar que, aunque lejos de la cabeza, la Real hermandad de caballeros de san Fernando, a la que tengo el inmerecido honor de pertenecer, se incluye en la relación. En el número veintisiete de los treinta de que se compone.Las líneas que siguen recogen el texto, extraído de la página de la orden sepucrista, al que se hacía alusión:
PRECEDENCIAS EN LOS ACTOS DE ÁMBITO NO RELIGIOSO O CIVIL

Para estos actos, la Lugartenencia de España Occidental de la Orden de Caballería del Santo Sepulcro de Jerusalén adopta el mismo protocolo que utiliza la Casa de Su Majestad el Rey en las ceremonias que presiden los miembros de la Familia Real Española, para la colocación de las Órdenes y Corporaciones militares:

1.- Diputación Permanente y Consejo de la Grandeza de España
2.- Real Consejo de las Órdenes Militares
3.- Real y Militar Orden de San Hermenegildo
4.- Orden de Santiago
5.- Orden de Calatrava
6.- Orden de Alcántara
7.- Orden de Montesa
8.- Subpriorato de San Jorge y Santiago de la Soberana Orden Militar de Malta
9.- Soberana Orden de Malta
10.-Orden de Caballería del Santo Sepulcro de Jerusalén
11.-Orden Constantiniana de San Jorge
12.-Real Maestranza de Caballería de Ronda
13.-Real Maestranza de Caballería de Sevilla
14.-Real Maestranza de Caballería de Granada
15.-Real Maestranza de Caballería de Valencia
16.-Real Maestranza de Caballería de Zaragoza
17.-Real Cuerpo de la Nobleza de Madrid
18.-Real Cuerpo de la Nobleza de Cataluña
19.-Real Estamento Militar del Principado de Gerona
20.-Real, Ilustre y Primitivo Capítulo Noble de Caballeros de la Merced
21.-Real Hermandad de Infanzones de Nuestra Señora de la Caridad de la Imperial Villa de Yllescas
22.-Real Hermandad del Santo Cáliz de la Nobleza Valenciana
23.-Real, Muy Antigua e Ilustre Cofradía de Caballeros Cubicularios de San Ildefonso y San Atilano de Zamora
24.-Unión de la Nobleza del Antiguo Reino de Mallorca
25.-Muy Ilustre Cabildo de Caballeros y Escuderos de Cuenca
26.-Asociación de Hidalgos a Fuero de España
27.-Real Hermandad de Caballeros de San Fernando
28.-Junta de Nobles Linajes de Segovia
29.-Cuerpo Colegiado de la Nobleza de Asturias
30.-Maestranza de Caballería de San Fernando

El enlace a la página del capítulo de Castilla y León de la corporación sepulcrista es este: http://www.ordencaballeriasantosepulcrojerusalen.es/protocolo_prec.html.